Seguro: características
desde el punto de vista legal
Bilateral
Oneroso
Formal
Comercial
Nominado
Consensual
De buena fe
Aleatorio
De adhesión
Seguro: elementos
Capacidad legal del asegurado para contratar
Tomador
Asegurador
El productor asesor de seguros
El riesgo
El objeto del seguro
La prima
La suma asegurada (simple, valor tasado, valor definitivamente
convenido)
El interés asegurable
Seguros prohibidos
Objeto ilícito Asegurar bienes y vidas de
personas radicadas en la Argentina en el exterior.
Suma asegurada simple Se denomina de esta forma a
la suma asegurada común, fijada estimativamente
por el asegurado. En principio es el monto máximo
en el que queda fijada la responsabilidad del asegurador
Valor definitivamente convenido
Cuando se efectúa bajo esta modalidad, este valor
adquiere un carácter definitivo, el que no podrá
ser discutido, por el asegurador, salvo que logre probar
dolo (intención) del asegurado en cuyo caso perderá
el derecho a ser indemnizado.
Responsabilidad civil
Necesidad de responder pecunariamente por actos realizados
que ocasionen perjuicios a terceros.
Responsabilidad penal
Responsabilidad por dolo o culpa por la ocurrencia de
un acto antijurídico considerado por la ley como
delito, que entraña aplicación de sanciones.
Responsabilidad civil profesional
Cobertura de este ramo que ampara la responsabilidad
civil incurrida en el ejercicio de una determinada profesión
. Por ejemplo: responsabilidad civil médica,
responsabilidad del arte de la construcción,
etc.
Responsabilidad civil, ramo de
Ramo del seguro que permite amparar diversas situaciones
surgidas del Código Civil (art. 1109 al 1136).
Los contratos específicos permiten amparar el
resultado de situaciones derivadas entre otras del uso
de ascensores y montacargas, de calderas, de hechos
privados, de carteles y/o letreros, de actuación
profesional (médicos, arquitectos), de garage,
de clínicas y sanatorios, comprensiva, etc.
Restaurar
Reparar, volver a poner una cosa en el estado o estimación
que tenía antes.
Retención
Importe que el asegurador deja a su cargo, cediendo
el excedente de su retención. Ver pleno.
Reticencia o falsa declaración
Situación contemplada en la ley 17.418 (art.
5). Considerando también las efectuadas de buena
fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato
o modificado sus condiciones de aceptación, si
el asegurador se hubiese cersiorado del verdadero estado
del riesgo, hace nulo el contrato. La ley distingue
los casos efectuados de buena fe o la dolosa o mala
fe.
Revolución, hechos de
Ver rebelión.
Revuelta
Ver tumulto popular.
Riesgo
Eventualidad de ocurrencia de un acontecimiento futuro.
Proximidad de un daño.
Riesgo físico
Es el que se puede apreciar mediante una inspección
ocular. Por ejemplo: si las paredes son de material
incombustible, si el automotor no está chocado,
etc.
Riesgo moral
Es la actitud que ha de tener el asegurado ya sea para
provocar el siniestro o para aprovechar las circunstancias
y sacar provecho si ocurrió por razones normales.
Riesgo político
Modalidad del seguro de crédito a la exportación.
Riesgo tarado
Dícese en el ramo vida de aquel riesgo que excede
las condiciones de una persona normal de su edad. Por
ejemplo: sobrepeso, presión arterial elevada,
etc (tara médica) o bien para aquellos casos
de desempeño de ocupaciones peligrosas (tara
profesional).
Riesgos varios , ramo de
Ramo del seguro que permite la contratación
de varias coberturas (equipaje, inundación, daños
por agua, pérdida de sustancias líquidas
y gaseosas, etc)
Robo
Apoderamiento ilegitimo de una cosa mueble con fuerza
en las cosas o intimidación en las personas,
sea que tenga lugar antes del hecho para facilitarlo
o en el acto de cometerlo, o inmediatamente después,
para lograr el fin propuesto o la impunidad (art. 164
del Código Penal).
Robo, ramo de
Ramo que permite el aseguramiento de distintos rubros
(actividades comerciales, industriales, civiles, viviendas
particulares, robo de valores, robo de valores en tránsito,
joyas, alhajas, pieles y objetos diversos, fidelidad
de los empleados, etc).
Sabotaje
Daño o deterioro intencional con el fin de ocasionar
perjuicios.
Sacrificio
Acción de sacrificar.
Sacrificar
Destruir o dañar con un fin o interés
que se estima de mayor importancia. Ej: sacrificar parte
de la mercadería transportada en la nave (arrojarla
al agua) para aligerar el peso y sortear una situación
que se estime grave.
Salvamento
Obligación del asegurado en caso de siniestro.
Su incumplimiento libera al asegurador en la medida
en que el daño habría resultado menor
sin esa violación.
Sanciones al productor asesor
Surgen de disposiciones de la ley 20.091 estableciendo
distintas penas según la gravedad del hecho.
La mayor pena (de uno a seis años de prisión
e inhabilitación por el doble de la condena corresponde
a la situación del productor que no estando autorizado
a cobrar las primas lo ha hecho, sin efectuar la rendición
en el plazo de las 72 horas previstas.
Saqueo
Acción y efecto de saquear
Saquear
Apoderarse generalmente con violencia de las cosas ajenas.
Saturnismo
Intoxicación ocasionada por sales de plomo.
Sedición o motín,
hechos de
Se entienden por tales los hechos dañosos originados
en el accionar de grupos (armados o no) que se alzan
contra las autoridades constituidas en el lugar, sin
rebelarse contra el gobierno nacional o que se atribuyen
los derechos del pueblo, tratando de arrancar alguna
concesión favorable a su pretensión. Se
entienden equivalentes a los hechos de sedición,
otros hechos que encuadren en los caracteres descriptos
como ser asonada, conjuración, etc.
Seguro, contrato de
Ver contrato de seguro.
Seguro obligatorio Seguros que surgen de disposiciones
de autoridades competentes. Por ejemplo: seguro de vida
obligatorio, etc.
Seguro prorrogado
Opción del asegurado en el seguro de vida indivicual,
sin pago de primas por un período menor al que
se fija en el cuadrode valores garantizados.
Seguro saldado
Opción del asegurado en el seguro de vida individual
quedando el contrato reducido a un valor reducido conforme
la tabla de valores garantizados.
Seguro subsidiario
(Pluralidad de seguros):puede estipularse que uno o
más asegurados respondan sólo subsidiariamente
o cuando el daño exceda de una suma determinada.
Seguro técnico
Rama del seguro que permite otorgar coberturas para
roturas de máquinas, interrupción de explotación
por rotura de maquinarias, todo riesgo montaje (E.A.R.),
todo riesgo construcción, (C.A.R.), equipos de
contratistas, izamientos, equipos petrolíferos,
equipos electrónicos, etc.
Seguros nobles
Dícese de aquellos seguros que habitualmente
dejan rentabilidad (incendio, vida, etc).
Sellados
Porcentual integrante del costo del seguro. Se calcula
de la sumatoria de la prima más recargos más
derechos de emisión. Varía según
la provincia.
Servicios sociales
Organismo de prestación médico asistencial
y otras funciones para el personal de seguros, reaseguros,
capitalización y ahorro y en algunos casos para
productores asesores de seguros. Porcentual integrante
del costo del seguro. El asegurador actúa como
agente de retención.
Sinalagmático
Obligatoriedad de ambas partes. Bilateral. Característica
legal del seguro.
Siniestro
Acaecimiento del evento imprevisto.
Sobreseguro
Si al tiempo del siniestro el valor asegurado excede
el valor asegurado, el asegurador sólo está
obligado a resarcir el perjuicio efectivamente sufrido;
no obstante, tiene derecho a percibir la totalidad de
la prima.
Sociedad anónima Forma jurídica que
puede revestir el asegurador en nuestro país (asociación
de capitales).
Sociedades de productores asesores
Los productores asesores pueden constituir sociedades
autorizados por el Código de Comercio (SA, SRL,
en Comandita por acciones y Colectiva). Todos sus miembros
si son menos de cuatro o cuatro como mínimo si
son más, deben estar inscriptos como productores
asesores (arts 20/22 ley 22.400)
Solicitud de seguro
Ver propuesta
Sublevación, hechos de
Ver rebelión.
Subrogación
Ación de reservarse los derechos de repetición
contra quién se estime responsable. Los derechos
que correspondan al asegurado contra un tercero, en
razón de un siniestro, se transfieren al asegurador
hasta el monto de la indemnización abonada. El
asegurado es responsable de todo acto que perjudique
este derecho del asegurador. La subrogación es
inaplicable en los seguros de personas.
Subersión, hechos de
Ver guerrilla.
Sucesión
Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles
a un heredero o legatario.
Suicidio
Acción y efecto de suicidarse.
Suicidarse
Quitarse la vidad voluntariamente.
Suma asegurada
Monto máximo por el cual en principio se hará
cargo el asegurador en caso de siniestro. Existen excepciones.
Por ejemplo, en caso de gastos de salvamento.
Sumario
Conjunto de actuaciones previas a la realización
de un proceso judicial.
Suministros
Se entiende los materiales que sin integrar un producto
posibilitan la realización del proceso de elaboración
o de comercialización (condiciones generales
de incendio)
Superintendencia de Seguros de
la Nación
Órgano estatal de contralor de la actividad aseguradora
en la República Argentina.
Suplemento
Documento anexo a la póliza, formando parte integrante
de la misma.
Suspensión de la cobertura
Eliminación de la cobertura por un plazo determinado.
Ej.: incumplimiento de la cláusula de cobranzas,
agravación de riesgo provocada por el tomador,
etc. |