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Seguro: características desde el punto de vista legal

Bilateral

Oneroso

Formal

Comercial

Nominado

Consensual

De buena fe

Aleatorio

De adhesión

Seguro: elementos

Capacidad legal del asegurado para contratar

Tomador

Asegurador

El productor asesor de seguros

El riesgo

El objeto del seguro

La prima

La suma asegurada (simple, valor tasado, valor definitivamente convenido)

El interés asegurable

Seguros prohibidos

Objeto ilícito

Asegurar bienes y vidas de personas radicadas en la Argentina en el exterior.
Suma asegurada simple

Se denomina de esta forma a la suma asegurada común, fijada estimativamente por el asegurado. En principio es el monto máximo en el que queda fijada la responsabilidad del asegurador

Valor definitivamente convenido

Cuando se efectúa bajo esta modalidad, este valor adquiere un carácter definitivo, el que no podrá ser discutido, por el asegurador, salvo que logre probar dolo (intención) del asegurado en cuyo caso perderá el derecho a ser indemnizado.

Responsabilidad civil

Necesidad de responder pecunariamente por actos realizados que ocasionen perjuicios a terceros.

Responsabilidad penal

Responsabilidad por dolo o culpa por la ocurrencia de un acto antijurídico considerado por la ley como delito, que entraña aplicación de sanciones.

Responsabilidad civil profesional

Cobertura de este ramo que ampara la responsabilidad civil incurrida en el ejercicio de una determinada profesión . Por ejemplo: responsabilidad civil médica, responsabilidad del arte de la construcción, etc.

Responsabilidad civil, ramo de

Ramo del seguro que permite amparar diversas situaciones surgidas del Código Civil (art. 1109 al 1136). Los contratos específicos permiten amparar el resultado de situaciones derivadas entre otras del uso de ascensores y montacargas, de calderas, de hechos privados, de carteles y/o letreros, de actuación profesional (médicos, arquitectos), de garage, de clínicas y sanatorios, comprensiva, etc.

Restaurar

Reparar, volver a poner una cosa en el estado o estimación que tenía antes.

Retención

Importe que el asegurador deja a su cargo, cediendo el excedente de su retención. Ver pleno.

Reticencia o falsa declaración

Situación contemplada en la ley 17.418 (art. 5). Considerando también las efectuadas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones de aceptación, si el asegurador se hubiese cersiorado del verdadero estado del riesgo, hace nulo el contrato. La ley distingue los casos efectuados de buena fe o la dolosa o mala fe.

Revolución, hechos de

Ver rebelión.

Revuelta

Ver tumulto popular.

Riesgo

Eventualidad de ocurrencia de un acontecimiento futuro. Proximidad de un daño.

Riesgo físico

Es el que se puede apreciar mediante una inspección ocular. Por ejemplo: si las paredes son de material incombustible, si el automotor no está chocado, etc.

Riesgo moral

Es la actitud que ha de tener el asegurado ya sea para provocar el siniestro o para aprovechar las circunstancias y sacar provecho si ocurrió por razones normales.

Riesgo político

Modalidad del seguro de crédito a la exportación.

Riesgo tarado

Dícese en el ramo vida de aquel riesgo que excede las condiciones de una persona normal de su edad. Por ejemplo: sobrepeso, presión arterial elevada, etc (tara médica) o bien para aquellos casos de desempeño de ocupaciones peligrosas (tara profesional).

Riesgos varios , ramo de

Ramo del seguro que permite la contratación de varias coberturas (equipaje, inundación, daños por agua, pérdida de sustancias líquidas y gaseosas, etc)

Robo

Apoderamiento ilegitimo de una cosa mueble con fuerza en las cosas o intimidación en las personas, sea que tenga lugar antes del hecho para facilitarlo o en el acto de cometerlo, o inmediatamente después, para lograr el fin propuesto o la impunidad (art. 164 del Código Penal).

Robo, ramo de

Ramo que permite el aseguramiento de distintos rubros (actividades comerciales, industriales, civiles, viviendas particulares, robo de valores, robo de valores en tránsito, joyas, alhajas, pieles y objetos diversos, fidelidad de los empleados, etc).

Sabotaje

Daño o deterioro intencional con el fin de ocasionar perjuicios.

Sacrificio

Acción de sacrificar.

Sacrificar

Destruir o dañar con un fin o interés que se estima de mayor importancia. Ej: sacrificar parte de la mercadería transportada en la nave (arrojarla al agua) para aligerar el peso y sortear una situación que se estime grave.

Salvamento

Obligación del asegurado en caso de siniestro. Su incumplimiento libera al asegurador en la medida en que el daño habría resultado menor sin esa violación.

Sanciones al productor asesor

Surgen de disposiciones de la ley 20.091 estableciendo distintas penas según la gravedad del hecho. La mayor pena (de uno a seis años de prisión e inhabilitación por el doble de la condena corresponde a la situación del productor que no estando autorizado a cobrar las primas lo ha hecho, sin efectuar la rendición en el plazo de las 72 horas previstas.

Saqueo

Acción y efecto de saquear

Saquear

Apoderarse generalmente con violencia de las cosas ajenas.

Saturnismo

Intoxicación ocasionada por sales de plomo.

Sedición o motín, hechos de

Se entienden por tales los hechos dañosos originados en el accionar de grupos (armados o no) que se alzan contra las autoridades constituidas en el lugar, sin rebelarse contra el gobierno nacional o que se atribuyen los derechos del pueblo, tratando de arrancar alguna concesión favorable a su pretensión. Se entienden equivalentes a los hechos de sedición, otros hechos que encuadren en los caracteres descriptos como ser asonada, conjuración, etc.

Seguro, contrato de

Ver contrato de seguro.


Seguro obligatorio

Seguros que surgen de disposiciones de autoridades competentes. Por ejemplo: seguro de vida obligatorio, etc.

Seguro prorrogado

Opción del asegurado en el seguro de vida indivicual, sin pago de primas por un período menor al que se fija en el cuadrode valores garantizados.

Seguro saldado

Opción del asegurado en el seguro de vida individual quedando el contrato reducido a un valor reducido conforme la tabla de valores garantizados.

Seguro subsidiario

(Pluralidad de seguros):puede estipularse que uno o más asegurados respondan sólo subsidiariamente o cuando el daño exceda de una suma determinada.

Seguro técnico

Rama del seguro que permite otorgar coberturas para roturas de máquinas, interrupción de explotación por rotura de maquinarias, todo riesgo montaje (E.A.R.), todo riesgo construcción, (C.A.R.), equipos de contratistas, izamientos, equipos petrolíferos, equipos electrónicos, etc.

Seguros nobles

Dícese de aquellos seguros que habitualmente dejan rentabilidad (incendio, vida, etc).

Sellados

Porcentual integrante del costo del seguro. Se calcula de la sumatoria de la prima más recargos más derechos de emisión. Varía según la provincia.

Servicios sociales

Organismo de prestación médico asistencial y otras funciones para el personal de seguros, reaseguros, capitalización y ahorro y en algunos casos para productores asesores de seguros. Porcentual integrante del costo del seguro. El asegurador actúa como agente de retención.

Sinalagmático

Obligatoriedad de ambas partes. Bilateral. Característica legal del seguro.

Siniestro

Acaecimiento del evento imprevisto.

Sobreseguro

Si al tiempo del siniestro el valor asegurado excede el valor asegurado, el asegurador sólo está obligado a resarcir el perjuicio efectivamente sufrido; no obstante, tiene derecho a percibir la totalidad de la prima.


Sociedad anónima

Forma jurídica que puede revestir el asegurador en nuestro país (asociación de capitales).

Sociedades de productores asesores

Los productores asesores pueden constituir sociedades autorizados por el Código de Comercio (SA, SRL, en Comandita por acciones y Colectiva). Todos sus miembros si son menos de cuatro o cuatro como mínimo si son más, deben estar inscriptos como productores asesores (arts 20/22 ley 22.400)

Solicitud de seguro

Ver propuesta

Sublevación, hechos de

Ver rebelión.

Subrogación

Ación de reservarse los derechos de repetición contra quién se estime responsable. Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón de un siniestro, se transfieren al asegurador hasta el monto de la indemnización abonada. El asegurado es responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador. La subrogación es inaplicable en los seguros de personas.

Subersión, hechos de

Ver guerrilla.

Sucesión

Conjunto de bienes, derechos y obligaciones transmisibles a un heredero o legatario.

Suicidio

Acción y efecto de suicidarse.

Suicidarse

Quitarse la vidad voluntariamente.

Suma asegurada

Monto máximo por el cual en principio se hará cargo el asegurador en caso de siniestro. Existen excepciones. Por ejemplo, en caso de gastos de salvamento.

Sumario

Conjunto de actuaciones previas a la realización de un proceso judicial.

Suministros

Se entiende los materiales que sin integrar un producto posibilitan la realización del proceso de elaboración o de comercialización (condiciones generales de incendio)

Superintendencia de Seguros de la Nación

Órgano estatal de contralor de la actividad aseguradora en la República Argentina.

Suplemento

Documento anexo a la póliza, formando parte integrante de la misma.

Suspensión de la cobertura

Eliminación de la cobertura por un plazo determinado. Ej.: incumplimiento de la cláusula de cobranzas, agravación de riesgo provocada por el tomador, etc.